LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (LGE) DE VILLAR PALASI.(1970)

  • La Orientación educativa y profesional aparecía, por primera vez, como un elemento relevante del sistema educativo.
  • La orientación educativa se reconoce como un derecho del alumnado a lo largo de la vida escolar.
  • El proceso de orientación  no llegó a funcionar plenamente, a pesar de realizarse varias medidas como:                                                                
     

1.  (1970-1971)

-Se aprueban las orientaciones pedagógicas para la EGB.

- Se tiene en cuenta la creación del departamento de orientación y tutoría.

2.  (1972)

-Nacen los Servicios de Orientación en el COU (curso de orientación universitario).

3.  (1975)

- Se implanta la orientación en el bachiller y en la FP.

-Se crea en las universidades el COIE (centro de orientación e información de empleo).

4.  (1977)

Se crean los Servicios de Orientación Escolar y Vocacional (SOEV).

5.  (1978)

- Se tiene en cuenta una orientación enfocada al empleo.

6.  (1979)

- Asociación Española para la orientación escolar y profesional (AEOEP).

 

LOECE (1980)

La orientación tiene un enfoque más remedial.Durante esta etapa, con el fin de alcanzar la presencia de la orientación en la realidad educativa se realizan actuaciones concretas y se consolidan servicios de orientación en España.

 

LODE (1989)
 

Aunque no profundizo en aspecto alguno de la orientación educativa, reflejó el derecho de los alumnos a recibir orientación escolar y profesional (Art. 6.1).

Durante esta etapa, al igual que en la LOECE, con el fin de alcanzar la presencia de la orientación en la realidad educativa se realizan actuaciones concretas y se consolidan servicios de orientación en España.

 

LOGSE (1990)

 

  •  Considera a la Orientación educativa como uno de los principios del sistema educativo, una herramienta para la valoración del alumnado con necesidades educativas especiales,  y un factor de calidad.
  • La orientación formará parte de la actividad docente.
  • Se integra la orientación en el currículo escolar en 3 niveles: la acción tutorial en el aula, con el grupo-clase, la organización y coordinación en cada centro del departamento de orientación.
  • A pesar de ser considerable el avance logrado en la implantación de la Orientación educativa en el sistema escolar:

 1. carece de  recursos materiales, personales y económicos que garanticen una mejor preparación del profesorado y permitan una adecuada puesta en práctica de la orientación.

2. Falta de formación del profesorado para el ejercicio de sus competencias orientadoras.

 

LOPEG (1995)
 

Sigue el modelo de orientación promovido por la LOGSE.

 - Apenas mención a la Orientación en la educación. Simplemente la nombra en dos artículos: - En el Capítulo II, Artículo 6. Punto 2. Las Administraciones educativas establecerán... aquellos  aspectos que puedan facilitar información sobre los centros y orientación a los alumnos y a sus padres o tutores...”
 - Artículo 15. Competencias del Claustro de profesores:

 Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

 

LOCE (2002)

 

Es, junto con la LOE la ley que más hincapié hace a la Orientación Educativa:

- Título Preliminar Capítulo II, Artículo 2:

 Todos los alumnos tienen derecho... y a recibir orientación educativa y profesional.

-No modifica el modelo de orientación diseñado en la LOGSE;  Se limita a estructurar su desarrollo en cuanto a las funciones de los distintos agentes y su implicación. 


 

LOE (2006)

 

Título preliminar:“la orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada que propicie una educación integral...”
 

-El derecho de los alumnos a recibir orientación educativa y profesional.

-El claustro la de "fijar los criterios referentes a la orientación y tutoría..."

-Especial atención que se indica “

-Especial atención que se indica “

Se prestará en la ESO a la orientación educativa y profesional”

-La necesidad de que dichas Administraciones “provean los recursos necesarios para garantizar la existencia de servicios o profesionales especializados en la orientación educativa, psicopedagógica y profesional”.
 

Funciones del profesorado.

La tutoría de los alumnos, la dirección y  orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.

-Deja muchas lagunas por cubrir, entre otras las siguientes:

1. La creación de un sistema de organización de orientación homogéneo y común  en las distintas comunidades autónomas, por lo que se hace necesario consultar las leyes y decretos específicos de cada comunidad autónoma.

2. Omisión de la Orientación al regular las etapas de Educación Infantil, primaria, bachillerato.

 


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